NUEVAS OFICINAS
NUEVAS OFICINAS - Ver noticia completa
SERVICIOS
SCHEDULE - Ver noticia completa
""ADUANA BRASILERA""
Sistema SISCOMEX Carga - Ver noticia completa
TRACING DE CARGA
Mejora de servicio de tracing de carga - Ver noticia completa
IMPORTANTE - CONTROLES SANITARIOS P/EMBALAJES DE MADERA
Los embalajes de madera tanto de mercaderías de exportación como de importación deben ser sometidos a tratamiento de eliminación de plagas - Ver noticia completa
Cargas vía Río Grande do Sul
Procedimiento para las cargas vía Río Grande do Sul - Ver noticia completa
 

Información del puerto de Buenos Aires

1. TARIFAS POR SERVICIO DE MUELLE
2. TASAS A LOS BUQUES
3. TASAS A LAS CARGAS
4. PERMISO DE USO y TASA DE OCUPACIÓN
5. TASA A LOS PASAJEROS Y A LOS VEHÍCULOS POR FERRY
6. SERVICIOS POR USO DE PUERTO EMBARCACIONES DE CABOTAJE DE USO FRECUENTE - CERTIFICADOS OBLIGATORIOS


1. TARIFAS POR SERVICIO DE MUELLE

Concepto: comprende la utilización de muelle, instalaciones, dragado ymantenimiento de profundidades al pie de los mismos para el atraque de buques o artefactos navales.

Alcance: son aplicables al atraque de buques o artefactos navales con Tonelaje de Registro Neto (TRN) mayor a 6 Ton en muelles u otras instalaciones portuarias destinadas a tal efecto.

Base: en Dólares estadounidenses, por Tonelada de Registro Neto o fracción y por día o fracción, pagaderas en pesos, de acuerdo con la cotización correspondiente al cierre del día de zarpado, o día hábil
bancario precedente si éste fuera inhábil

Estructura Tarifaria:
Primera Andana: U$S 0,100
Otra Posición: U$S 0,065
Embarcaciones de cabotaje nacional a las que se le extienda pasavante:
Abonarán el veinticinco (25%) por ciento de los valores precedentemente
indicados.

Notas:
a) En lo que fuere de aplicación y siempre que no se oponga a lo dispuesto en la presente se deberá remitir a las Normas de Aplicación del Servicio por Uso del Puerto.
b) Estarán sujetas al pago de la tarifa por uso de muelle todos los buques y artefactos navales mayores de seis (6) Toneladas de Registro Neto con las siguientes excepciones:
b1) Las pertenecientes a la Armada Argentina, Prefectura Naval Argentina u otros organismos del Estado que no realicen operaciones comerciales.
b2) Los que amarren en segunda andana u otros sitios sin operación a la espera de turno de carga respectivo, o en aguardo de marea para su zarpado, en ambos casos, previa autorización de la Administración de Puertos.

arriba

2. TASAS A LOS BUQUES

Alcance: son aplicables a todos los buques o artefactos navales que ingresen al puerto, ya sea para realizar operaciones u otras actividades en muelle u en otras instalaciones de atraque de la Administración Portuaria -concesionadas o no- o de particulares, situadas dentro del conjunto de la Unidad Portuaria definidos por su jurisdicción, incluyendo sus radas y/o zonas de fondeo interiores o exteriores.
Base: por Tonelada de Registro Neto (T.R.N.) o fracción y por cada ingreso a puerto, en dólares estadounidenses, pagaderas en pesos con la cotización correspondiente al cierre del día de zarpado o día hábil bancario precedente, si éste fuera inhábil.

Estructura Tarifaria:
Treinta centavos de dólar estadounidense (U$S 0,30) por Tonelada de Registro Neto. Embarcaciones de Cabotaje Nacional a las que se le extienda pasavante: abonarán veinticinco (25%) por ciento de la tarifa
precedentemente indicada.

arriba

3. TASAS A LAS CARGAS

Alcance: se aplican a las cargas que transitan por las Terminales de Puerto Nuevo.
Base: por tonelada, en dólares estadounidenses, pagaderas en pesos de acuerdo con la cotización vigente al día anterior al del pago.

Estructura Tarifaria:

Tipo de Cargas Importación Exportación Removido
Carga General 3,00 1,50 0,562
Granel Sólido
(excepto granos y subproductos)
1,125 0,562 0,187
Granos y Subproductos 0,64 0,32 0,25
Granel Líquido 0,195 0,195 0,195

arriba

4. PERMISO DE USO y TASA DE OCUPACIÓN

Alcance: Son aplicables a los inmuebles que esta Administración General de Puertos, cede a terceros, bajo la figura de permiso de uso para la realización de actividades industriales y comerciales.

Base: Básica mas alícuota en dólares estadounidenses, pagaderos en pesos conforme a la cotización al día anterior al de pago y por mes y por fracción .
a) Importe Básico: Aplicables a todas las actividades : u$s 275,00 por mes o fracción
b) Alícuota: cada cien (100) metros cuadrados y fracción y por mes o fracción, conforme a las actividades que se realizaron.

Estructura Tarifaria:

 Concepto
Concepto
Concepto
Unidad
Precios U$S
Tasa de Ocupación
Importe B‡sico
 
BAS
275
Tasa de Ocupación
Actividades Vinculadas a la Actividad Portuaria
Alícuota Terr. Ubi en Zona Dna Sud y Riach. Hasta 10.000m
Cada 100m2 o fracción
ALI
75.000
Alícuota Terr. Ubi en Zona Dna. Sud y Riach. Hasta 10.000m hasta 20.000
Cada 100m2 o fracción
ALI
50.000
Alícuota Terr. Ubi en Zona Dna. Sud y Riach. Hasta 20.000m
Cada 100m2 o fracción
ALI
30.000
Alícuota Terr. Ubi en Zonas del Pto. Bs. As.
Cada 100m2 o fracción
ALI
75.000
Tasa de Ocupación
 
Actividades no Vinculadas
A  la Actividad Poruaria
Alícuota Act. No  Vinculadas a la act. Portuaria
Cada 100m2 o fracción
ALI
100.000
Alícuota Act. No  Vinculadas a la act. Portuaria act. Deport. Educ. Artis. Y Sim
Cada 100m2 o fracción
ALI
7.500
Alícuota Act. No  Vinculadas a la act. Port.Primeros 500m2 Inc.  A
Cada 100m2 o fracción
ALI
100.000
Alícuota Act. No  Vinculadas a la act. Port.Primeros 500m2 Hasta 1000m2 Inc. A
Cada 100m2 o fracción
ALI
175.000
Alícuota Act. No  Vinculadas a la act. Port. Excedentes a 1000m2 Inc. A
Cada 100m2 o fracción
ALI
250.000
Alícuota Act. No  Vinculadas a la act. Port. Playa de Estacionamiento Inc. B
Cada 100m2 o fracción
ALI
100.000
Tasa de Ocupación
 
Actividades Desarrolladas
En espejo de Agua
Alícuotas todas las Act. Exc. Deportivas Zona Puerto Nuevo y D‡rsena Norte
Cada 100m2 o fracción
ALI
100.000
Alícuotas todas las Act. Exc. Deportivas Zona Dna Sud y Ribera Norte del Riach.
Cada 100m2 o fracción
ALI
30.000
Alícuota Actividades Deportivas
Cada 100m2 o fracción
ALI
10.000

arriba

5. TASA A LOS PASAJEROS Y A LOS VEHÍCULOS POR FERRY

A. Tasa a los Pasajeros

Alcance y Aplicaciones: Esta tasa serán abonadas por todos los pasajeros que embarquen en el Puerto Buenos Aires a puertos de Países Limítrofes u otros puertos en territorios nacional en embarcaciones que efectúen trafico por vía fluvial o que realicen turismo local.

Base: Por cada pasajero embarcado, en Dólares estadounidenses, pagaderos en pesos con la cotización vigente al día anterior al de pago. Estos valores cambian a partir de Agosto de 2006.

Estructura Tarifaria:

Concepto
Concepto
Unidad 
Precios U$S
Tasa a los Pasajeros
Bs. As./Colonias y otros Puertos de países limítrofes, excepto Montevideo
PAS
1.500
Bs, As. - Montevideo
PAS
3.000
Bs. As. - Ptos. Nacionales
PAS
0.500
Pasajeros de Turismo Internacional.
PAS
2.000

B. Tasa a los Vehículos Transportados por Ferry

Alcance y Aplicaciones: Estas tasas serán abonadas por todos los vehículos autopropulsado que embarquen en el Puerto Buenos Aires con destino a Puertos de Países Latinoamericano que realicen tráficos por
vía fluvial.
Están exceptuados del pago de estas tasas los camiones para el transporte de mercaderías, las que a su vez están sujetas al pago de las Tasas a las Cargas según corresponda.

Base: Por cada vehículo que embarque por el Puerto Buenos Aires, en Dólares estadounidenses, pagaderos en Pesos con la cotización vigente al día anterior al pago.

Estructura Tarifaria:

Concepto
Concepto
Unidad 
Precios U$S
Tasa a los Vehículos por Ferry
Bs. As./Colonias y otros Puertos de países limítrofes, excepto Montevideo
VIC
2.000
Bs, As. - Montevideo
VIC
5.000

arriba

6. SERVICIOS POR USO DE PUERTO EMBARCACIONES DE CABOTAJE DE USO FRECUENTE - CERTIFICADOS OBLIGATORIOS

Alcance: Será de aplicación a las embarcaciones del servicio interno del Puerto, como ser; Playeros - Remolcadores - Aguateros - Proveedores de Rancho y demás embarcaciones de cualquier característica con servicio regular o de itinerario fijo en los ríos Paraná, Paraguay, Uruguay y sus afluentes, entre Puerto Nacionales o entre estos y el Puerto fluvial más próximo de la Nación limítrofe ribereña.

Base:
A. Buques que transportan mercaderías excepto Pesqueros: por Tonelada de Registro Neto (TRN) o Fracción y por trimestres calendario. adelantado o Fracción, en Pesos.
B. Buques Pesqueros Costeros y de Media altura: por Buque y por trimestre calendario adelantado o Fracción, en pesos (los buques de Altura abonaran conforme al punto a).
C. Buques de Pasajeros: exclusivamente para Buques de transporte de Pasajeros y Automóviles que realicen viajes entre el Puerto Buenos Aires y Colonia o Montevideo: por Buque y por trimestre calendario adelantado o Fracción, en pesos.
D. Remolcadores: por Remolcador y por trimestre calendario adelantado o fracción, en pesos.

Estructura Tarifaria:

Zona Explotada Directa
Concepto
Concepto
Unidad
Precio $
*
Servicios por uso de Puerto, Buque con Certificado Trimestral Obligatorio u Optativo
Buques que transportan mercaderías excepto pesqueros
RNT
0.2350
*
Mínimo a Liquidar
UNO
94.4000
*
Buques Pesqueros Costeros y de M.Altura
EMB
92.4000
*
Buques de Pasajeros para los que realicen viajes entre Pto.Bs.As. y Colonia o Montevideo
EMB
3460.0000
  Alíscafos
EMB
1730.0000
  Remolcadores de Maniobra
EMB
350.0000
  Remolcadores Semintegrados
EMB
92.4000
  Remolcadores Off Shore
EMB
1,159.0000

arriba

  Star Shipping Argentina S.A. - Av. Córdoba 679 3° piso oficina B - Tel. (54 11) 4312-6868 Fax. (54 11) 4312-7655 C.P.1054 - Buenos Aires, Argentina Hydra Media Labs - Diseño y desrrollo en Internet